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obispos se pronuncian sobre educación religiosa

Vie 27 Sep 2024

Obispos colombianos emiten comunicado y orientaciones ante Sentencia T-357 de la Corte Constitucional sobre educación religiosa

La Conferencia Episcopal de Colombia (CEC) se pronuncia a propósito de la Sentencia T-357 de 2024 de la Corte Constitucional, que ordena a una institución educativa eliminar el contenido católico de su clase de religión. En el comunicado, los obispos manifiestan su preocupación ante esta decisión, la consideran extrema y piden su revisión, especialmente, en el contexto de la Ley estatutaria de Libertad Religiosa y de Cultos.El episcopado colombiano afirma que esta decisión modifica “el modelo de educación religiosa que la misma Corte Constitucional recoge y evoca en la Sentencia” y desconoce “el derecho de los católicos a recibir educación religiosa acorde con su fe”.“La Conferencia Episcopal de Colombia continuará el estudio y análisis de esta Sentencia T-357 de 2024 y sus efectos, en orden a promover su revisión y a pedirle al gobierno nacional la adecuada reglamentación de la Educación Religiosa”, se expresa en el documento.Orientaciones PastoralesA partir de este pronunciamiento general y en el contexto de la situación creada por la Sentencia T-357, la Comisión Episcopal de Educación y Culturas de la CEC emite una serie de orientaciones dirigidas a sacerdotes, religiosos, religiosas, encargados de obras educativas de la Iglesia y, de modo especial, a padres de familia.Estas líneas de acción plantean, inicialmente, la necesidad de abrir un debate nacional al respecto de esa decisión y el llamado a solicitar su revisión, “hasta que queden en firme los derechos de los católicos a recibir su educación religiosa”.Convocan a los interesados y a quienes se sientan afectados negativamente con esta Sentencia a ser parte de este análisis, enviando sus apreciaciones a la Secretaría General del Episcopado a través del correo comunicacionsocial@cec.org.co).Además, proponen acciones formativas e informativas a docentes y padres de familia asociadas, por ejemplo, con el derecho de libertad religiosa y de modo particular, los derechos de los católicos en el ámbito educativo. Piden también a las parroquias acompañar y verificar cómo se está llevando a cabo la educación religiosa y la protección y garantía de los derechos de los padres en sus comunidades, “para que sus hijos reciban educación religiosa acorde a su fe católica”.Como medidas de acción pública concretas que pueden tomar los católicos en el ámbito escolar, los obispos de la Comisión Episcopal de Educación proponen estar “atentos para buscar con los Colegios alternativas para los casos en los cuales docentes de educación básica primaria presenten objeción de conciencia para no asumir la educación religiosa de contenido católico”; así como a exigir estar presentes, como Iglesia Católica, en los organismos que las Entidades Territoriales puedan crear para la implementación de la Política Publica Integral de Libertad Religiosa y de Cultos, tales como Consejos, Comités o Mesas de Trabajo, en los cuales debe haber una representación proporcional a la composición socio religiosa del país”.En el documento orientador el episcopado colombiano remarca la importancia de difundir ampliamente “los Estándares de Educación Religiosa adoptados por la Conferencia Episcopal de Colombia en la CXII Asamblea Plenaria de febrero de 2022 a los docentes de esta área en el nivel de básica secundaria y educación media y a los docentes de básica primaria”.El padre Edilberto Estupiñán, director del Departamento de Educación y Culturas de la Conferencia Episcopal de Colombia, profundiza en dicho mensaje. En primera instancia, el sacerdote clarifica que la razón por la cual la Corte Constitucional toma esta decisión, radica en que un colegio público hizo caso omiso al derecho de petición de unos padres de familia, a través del cual solicitaron que su hija no recibiera la educación religiosa con contenido católico que en dicho colegio se imparte.Tras recibir una acción de tutela, y al estudiar el caso, la Corte Constitucional hace un resumen del marco legal existente al respecto en legislación colombiana desde la constitución de 1991. Tras ello, ordena a la institución retirar el contenido. Decisión que causa sorpresa al Episcopado Colombiano, pues afirma que se niega allí toda la jurisprudencia.Razón por la cual el Padre Edilberto, manifiesta no entender, por tanto, por qué desde un derecho, que es garantizar que la estudiante no tomara las clases de educación religiosa, y que, a cambio el colegio brindara actividades alternativas, como está dispuesto en la legislación educativa, la solución, en cambio, es eliminar el contenido católico de la educación religiosa.El padre comparte, por tanto, que, si la educación religiosa neutral que propone la Corte Constitucional para el colegio, cumpliera con esta cualidad, respectivamente, también incluiría el contenido católico. De tal forma que, el Padre Edilberto comenta que, básicamente está decisión muestra al contenido religioso católico como nocivo, situación que preocupa a la Conferencia Episcopal de Colombia.Por lo tanto, esta última ha hecho un pronunciamiento, invitando a toda la sociedad a reflexionar sobre dicho acontecimiento. Y también, para que la Corte misma revise lo que ha escrito y resuelto. De forma que, garantice la educación religiosa de acuerdo a cada credo.El 26 de septiembre, en la Universidad de la Salle, se llevó a cabo una reunión convocada por la Secretaría de Educación y la Secretaría de Gobierno de Bogotá, en la cual, funcionarios advirtieron que este fallo conllevaría a la eliminación de los contenidos católicos en el área de educación religiosa de todos los colegios públicos del país.Descargue el comunicado aquíDescargue las orientaciones pastorales aquí