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padre Edilberto Estupiñán

Vie 14 Nov 2025

Cinco comunidades religiosas seguirán prestando servicios educativos en Popayán

Cinco comunidades religiosas con una larga trayectoria en Popayán continuarán prestando servicio educativo oficial en la ciudad a partir de 2026, tras alcanzarse un acuerdo facilitado por el Ministerio de Educación Nacional. La decisión, concretada en una reunión en Bogotá el pasado 11 de noviembre, establece un nuevo marco para la contratación y pone fin a un periodo de incertidumbre sobre el futuro de estas instituciones.Las entidades beneficiadas son los Hermanos Maristas (Colegio Bicentenario), las Hermanas de la Caridad de Santa Ana (I.E. San Agustín), las Hermanas Franciscanas (I.E. Nuestra Señora del Carmen), las Hermanas Salesianas (Colegio Cristo Rey y Sagrado Corazón de Jesús) y los Padres Salesianos (I.E. Don Bosco).La renovación de los contratos garantizará la continuidad de la educación en los niveles preescolar, básica y media, asegurando la estabilidad para cientos de estudiantes y el personal docente de esta zona del país.Actores clave en la negociaciónLa mesa de trabajo fue presidida por el Ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, y contó con la participación de funcionarios de la Dirección de Cobertura y Equidad, encabezada por Mauricio Kast García.Por parte del municipio de Popayán, asistió una delegación liderada por el alcalde Juan Carlos Muñoz; la Secretaria de Educación, Johana Andrea Beltrán Ijaji; representantes de padres de familia, exalumnos y congresistas del Cauca. Las comunidades religiosas estuvieron representadas por sus directivos y asesores legales. Contaron con el acompañamiento de la Conferencia Episcopal de Colombia, a través del padre Edilberto Estupiñán Estupiñán, director del Departamento de Educación y Culturas.Sustento técnico y legalDurante la reunión, el ministro Rojas confirmó que el municipio de Popayán radicó el 10 de noviembre en el Ministerio el estudio técnico de insuficiencia. Este documento, un requisito establecido en la Ley 715 de 2001 y el Decreto 1851 de 2015, justifica la necesidad de suscribir contratos con entidades privadas, incluidas las religiosas, para garantizar la cobertura educativa donde la capacidad oficial es insuficiente.El Ministro reconoció la trayectoria de estas comunidades en la educación de Popayán, pero también señaló que los cambios en el servicio público educativo municipal podrían derivar en algunos ajustes en los nuevos contratos, en línea con la normativa vigente.“El Ministerio de Educación Nacional respalda y respeta la tradición de estas instituciones, que por años han garantizado el derecho a la educación de miles de niños, niñas y adolescentes de la capital del Cauca. No está en riesgo la contratación con estas comunidades, de ahí que continuarán al frente de estos planteles, garantizando así educación de calidad”, afirmó el ministro Rojas tras el encuentro.Respuesta ciudadana y próximos pasosEl apoyo social a la labor de estas comunidades se había manifestado días antes, el 7 de noviembre, con una multitudinaria marcha pacífica realizada en la ciudad.Con el acuerdo formalizado, se inicia ahora la fase de elaboración de los contratos para el año 2026. Este proceso se realizará dentro de la planeación del sector educativo del municipio y contará con el acompañamiento técnico del Ministerio de Educación Nacional.

Jue 22 Mayo 2025

Esperanza y educación: temas protagonistas en el quinto episodio de 'Diálogos en el Atrio'

Este miércoles, 21 de mayo, se estrenó el quinto episodio de 'Diálogos en el Atrio', el videopodcast de la Conferencia Episcopal de Colombia a través del cual se abordan, de forma sencilla y cercana, temas de interés para la Iglesia Católica colombiana. En esta oportunidad, el padre Edilberto Estupiñán Estupiñán, director del Departamento de Educación y Culturas, es el invitado especial.En este diálogo con el presbítero se abordan temas asociados al enfoque antropológico del Jubileo, particularmente desde temáticas que requieren relacionar la vida y las esperanzas temporales y humanas con la esperanza cristiana. Una de ellas, la educación de los niños, adolescentes y jóvenes.Desde ese enfoque, el padre Estupiñán comparte su perspectiva sobre interrogantes como: ¿Qué retos tiene la educación frente a la generación de esperanza en Colombia? ¿Qué rol deben desempeñar las instituciones y familias? ¿Por qué es clave integrar la esperanza como virtud teologal en los proyectos de vida de los jóvenes? ¿Cómo contribuye la fe a evitar situaciones críticas de salud mental? ¿Qué camino debe seguir la pastoral educativa en esta dirección?Para conocerlas, le invitamos a ver el episodio:

Vie 13 Dic 2024

Solicitud de aclaración a la Corte Constitucional Sentencia 367–T 24

Por P. Edilberto Estupiñán Estupiñán - La Conferencia Episcopal de Colombia presentó una Solicitud de Aclaración ante la Corte Constitucional, relacionada con la Sentencia 367 – T 24, emitida en el mes de agosto pasado y relacionada con la Educación Religiosa Escolar. Como lo manifestó en su momento la Conferencia Episcopal, en pronunciamiento del 27 de septiembre pasado, esta Sentencia en su análisis y en su parte resolutiva genera muchos interrogantes sobre la garantía al derecho de recibir educación religiosa de acuerdo con la enseñanza de la religión a la que se pertenece, como lo reconoce la Ley 133 de 1994 en su artículo sexto literales “g)” y “h)”. Las preguntas que se hicieron a la Corte en esta solicitud:“1. Si el hecho sucedido en la Institución Educativa El Recreo, de Sabanalarga, ya estaba superado, ¿por qué se procede a emitir una Sentencia con efectos erga omnes siendo titular una persona, con lo cual se les negaría el derecho a estudiar el contenido católico a los demás estudiantes?2. ¿La orden de eliminar el contenido dogmático católico del plan de estudios del Área de Educación Religiosa se extenderá a todos los establecimientos educativos, tanto públicos como privados? 3. ¿Pueden las Secretarías de Educación solicitar, a los rectores de los establecimientos educativos públicos, invocando la Sentencia T 357-24, la eliminación de todo contenido dogmático católico en el área de educación religiosa, de los actos de culto y demás actividades propias del derecho a recibir asistencia religiosa? 4. ¿Pueden las Secretarías de Educación Territoriales obligar a los establecimientos educativos privados, confesionales o no confesionales, invocando la Sentencia T 357-24, a la eliminación de todo contenido dogmático católico en el área de educación religiosa y demás actividades propias del derecho a recibir asistencia religiosa? 5. ¿Corresponde solo al Estado, en cualquiera de sus ramas del poder, determinar el contenido y el modelo de la educación religiosa, los programas a desarrollar y la idoneidad del docente, a excepción de lo referido a la formación de los estudiantes en el conocimiento y ejercicio del derecho de libertad religiosa? 6. ¿Corresponde a los establecimientos educativos oficiales determinar el contenido de la educación religiosa con su comunidad educativa, desconociendo las normas nacionales y los acuerdos suscritos o por suscribir entre el gobierno nacional y la respectiva Iglesia o confesión que asista o enseñe, acuerdos que de conformidad con el artículo 15 de la Ley 133 de 1994 pueden ser, tratados internacionales como el Concordato, o Convenios de Derecho Público Interno?7. ¿Pueden las autoridades educativas verificar como se imparte la educación religiosa en los colegios públicos y privados, haciéndolo de forma autónoma o unilateral sin tener en cuenta las atribuciones de las Iglesias y Confesiones Religiosas, derivadas de acuerdos que hayan suscrito con el Gobierno Nacional, en el marco del artículo 15 de la Ley 133 de 1994? 8. Para la Corte Constitucional, ¿qué deben entender los responsables de la inspección, vigilancia y control del servicio educativo, por contenido dogmático católico que debe eliminarse de la clase de religión?”Se espera una pronta respuesta de la Corte, para continuar el estudio del tema y sus implicaciones para la organización del Área de Educación Religiosa de contenido católico que se viene desarrollando en los establecimientos educativos. Para su acompañamiento pastoral desde las Jurisdicciones Eclesiásticas y para atender la situación creada por esta sentencia, se emitió también un documento de orientaciones pastorales el del 27 de septiembre pasado.P. Edilberto Estupiñán EstupiñánDirector del Departamento de Educación y CulturasSecretariado Permanente del Episcopado Colombiano